Anonimización de informes clínicos y documentación sanitaria
Los datos de salud son una categoría especial del RGPD (art. 9): su tratamiento está más restringido y una filtración es más grave. Aun así, los informes se comparten a diario para sesiones clínicas, docencia, publicaciones, ensayos o una segunda opinión, muchas veces en escaneos que nadie puede buscar.
Documentos habituales
Informes de alta Historias clínicas Casos para sesiones y congresos Pruebas e informes de imagen Partes de baja Consentimientos
Datos que más aparecen
El problema
Lo que identifica no es solo el nombre
El número de historia, la fecha de nacimiento, el pueblo o «el único paciente con esta enfermedad en la comarca» identifican igual.
Escaneos y papel
Muchos informes llegan como imagen. Sin leer el texto no hay forma de encontrar los datos, y tacharlos a mano con un editor de PDF es lento.
El texto tiene que seguir siendo útil
Para un caso clínico o un estudio, el diagnóstico y la evolución importan. Hay que quitar a la persona, no el contenido médico.
Cómo lo resuelve AnonimData
Datos de salud y fechas de nacimiento Un léxico de salud, edades y fechas de nacimiento además de los identificadores clásicos. Tú eliges qué categorías se tachan y cuáles se conservan.
OCR en el servidor, sin IA Los escaneos se leen en nuestro servidor de la UE, con OCR en español. La IA solo entra si la pides, y en servidores europeos que no entrenan con tus datos.
Etiquetas que conservan el sentido Con [PERSONA_1] y [PERSONA_2] el caso se sigue entendiendo: quién es el paciente, quién el familiar, quién el médico.
Cifrado y borrado automático Original, texto y datos encontrados se guardan cifrados (AES-256) y se borran solos en el plazo que elija tu organización.
Preguntas frecuentes
¿Se puede usar para preparar casos clínicos para un congreso o una publicación?
Sí. Es uno de los usos más habituales: el informe sale con etiquetas o tachado, conservando el contenido clínico, y la tabla de correspondencias solo se descarga si la necesitas.
¿Los informes salen de España o de la UE?
No. Todo el proceso ocurre en la Unión Europea. Por defecto la detección y el OCR se hacen en nuestro servidor, sin IA externa.
¿Podemos firmar un contrato de encargo del tratamiento?
Sí. El contrato de encargo (art. 28 RGPD) está publicado en la web y el plan Organización admite uno propio del centro.